Vida Grupo
Bríndales a tus empleados tranquilidad, al saber que sus seres queridos y ellos están protegidos y asegurados frente a cualquier imprevisto.
¿Qué es?
Es un seguro de vida que brinda apoyo para enfrentar eventualidades como fallecimiento, invalidez, muerte por accidente o pérdida de miembros. Ofrece además, diferentes opciones para cada tipo de empleado que forman parte de la organización. Este seguro se adapta a las necesidades particulares de la empresa y de cada empleado, ya que tiene la alternativa de absorber el costo total de la prima o diseñar un esquema en donde los empleados participen con un porcentaje.
¿Qué ventajas me ofrece?
- Cuentan con el respaldo de GNP.
- Al contratar la póliza con GNP se obtienen condiciones favorables de costo y ventajas fiscales para la empresa.
- La posibilidad de financiar obligaciones laborales.
- El Seguro Vida Escolar se garantiza a la escuela el pago oportuno de las colegiaturas en circunstancias extremas y la continuidad escolar de los alumnos.
- Para el Seguro de Vida Grupo, existe la opción de contratar un plan con dividendos, en el que se obtiene utilidad por concepto de buena siniestralidad y GNP hace partícipe a la empresa de esta utilidad.
- La contratación de una póliza de grupo reducirá significativamente el costo de las primas.
- Ofrece tranquilidad a los empleados al saber que sus seres queridos se encuentran bien protegidos.
¿Qué cubre?
Cobertura | Descripción |
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Fallecimiento | Indemniza a los beneficiarios designados por el asegurado con la suma asegurada. Para el producto escolar: ampara el pago de las colegiaturas e inscripciones del alumno, a partir del fallecimiento del padre o tutor y hasta cubrir el último grado de estudios en la institución. Para el producto de crédito: ampara el pago del saldo insoluto de una deuda en caso de fallecimiento del deudor. |
Últimos gastos | Se da un anticipo de la Suma Asegurada por fallecimiento, con la presentación del certificado de defunción. Este beneficio es del 30% de la Suma Asegurada, con un límite. |
Las Coberturas Opcionales Pueden ser contratadas de forma adicional para obtener un complemento en la protección que otorga la cobertura básica.
Coberturas Opcionales
Cobertura | Descripción |
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Cobertura familiar | Brinda protección por fallecimiento del cónyuge o hijos menores de 25 años. La suma asegurada puede ser hasta por el 100% de la Cobertura Básica del Titular, con un límite. |
Servicios Funerarios | Solventa los gastos funerarios del asegurado. La suma asegurada se entrega integra a los beneficiarios. |
Pago anticipado por invalidez total y permanente | Si el asegurado sufre invalidez total y permanente mientras la póliza y el certificado esté en vigor, se le paga la suma asegurada contratada. |
Pago anticipado por invalidez total y permanente por accidente | En caso de invalidez total y permanente a consecuencia de un accidente, se le paga la suma asegurada contratada. |
Exención de pago de primas por invalidez | Si a consecuencia de una enfermedad o un accidente, existe invalidez total, el seguro de vida se mantiene en vigor con una póliza individual de seguro ordinario sin más pago de prima. |
Exención de pago de primas por invalidez con suma asegurada creciente | En caso de invalidez total y permanentemente a consecuencia de una enfermedad o un accidente, se cubre la suma asegurada y el seguro de vida se mantiene en vigor. |
Indemnización por muerte accidental | En caso de muerte por accidente dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que éste ocurrió, se paga la suma asegurada. |
Indemnización por pérdidas orgánicas | En caso de pérdida de algún miembro a consecuencia de un accidente, se paga la porción de suma asegurada de acuerdo con la tabla de indemnización contratada. |
Muerte accidental y pérdidas orgánicas | En caso de muerte o pérdidas orgánicas en caso de un accidente, se ampara en una sola cobertura ya sea en el evento o dentro de los 90 días siguientes. |
Indemnización por muerte accidental colectiva | Si a consecuencia de un accidente colectivo al asegurado fallece, se pagará la suma asegurada, en adición a la cobertura básica. |
Indemnización por pérdidas orgánicas colectivas | En caso de pérdida de algún miembro a consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente colectivo o dentro de los 90 días después de ocurrido; se paga la porción de Suma Asegurada de acuerdo con la tabla de indemnización contratada. |
Muerte Accidental y pérdidas orgánicas doble pago | Ampara, en una sola cobertura, la muerte accidental y las pérdidas orgánicas, por lo que si el Asegurado muere o pierde algún miembro a consecuencia de un accidente. |
Pago anticipado por invalidez total y permanente | Seguro deudor: ampara el pago de la Suma Asegurada en caso de invalidez total y permanente del deudor asegurado. Para el seguro escolar: protege y ampara al beneficiado en caso de invalidez total y permanente asegurando que pueda continuar con sus estudios. |
Cobertura mancomunada | Para el seguro deudor: protege al titular con el pago de la suma asegurada cuando ocurre el fallecimiento del coacreditado. Para el seguro escolar: se extiende el beneficio del seguro, en caso de fallecer el cónyuge, se paga la suma asegurada contratada en la cláusula básica. |
Actualización de saldos por fallecimiento | Ampara la diferencia entre el saldo insoluto a la fecha del siniestro y el saldo insoluto a la fecha en que éste se reporte a GNP, hasta el límite de la Suma Asegurada contratada. |
Apoyo escolar por fallecimiento | Se le brinda apoyo a los beneficiarios, para cubrir gastos no contemplados como colegiaturas e inscripción, útiles escolares, uniformes, transporte, alimentación, etc. |
Apoyo escolar por fallecimiento del cónyuge | Protege a los beneficiarios en caso de fallecimiento del cónyuge. Se le dará la suma asegurada que puede ser hasta del 100%. |
Cobertura Adicional por Enfermedades Terminales | Si el asegurado es diagnosticado con alguna de las enfermedades terminales contempladas en esta cobertura, GNP le entrega el 30% de su Suma Asegurada. Dicho porcentaje se descuenta de su Cobertura Básica por Fallecimiento. |
Cobertura Adicional de Indemnización por Enfermedades Graves | Si el Asegurado es diagnosticado por primera vez con alguna de las enfermedades graves contempladas en esta cobertura, de acuerdo a Condiciones Generales, recibe la indemnización contratada. |
Cobertura Adicional de Doble Efecto | En caso de fallecimiento del Asegurado, GNP otorga un Seguro Ordinario de Vida a su Cónyuge o Concubino. La Suma Asegurada correspondiente es definida por el contratante y el costo queda cubierto al momento de la contratación de la cobertura. Si el Cónyuge o Concubino designa como beneficiarios a los hijos y a la fecha del fallecimiento de éste le sobreviven tres o más hijos menores de edad, la Suma Asegurada se duplicará. |
Requisitos de Contratación:
Vida Grupo:
En GNP para adquirir una Póliza de Seguro de Vida Grupo, basta con:
- Radicar en la República Mexicana.
- Enviar listado de Asegurados.
Vida Deudor:
En GNP para adquirir una Póliza de Seguro de Vida Deudor, basta con:
- Radicar en la República Mexicana.
- Enviar Listado de Asegurados con el Saldo Insoluto.
Vida Escolar:
En GNP para adquirir una Póliza de Seguro de Vida Escolar, basta con:
- Radicar en la República Mexicana.
- Enviar listado del Padre o Tutor de los Alumnos.
Restricciones de Contratación:
Vida Grupo:
Las edades de aceptación son:
- Fallecimiento y Últimos Gastos, indemnización por Servicios Funerarios: 18 a 70 años, sin límite en renovaciones posteriores.
- Invalidez Total y Permanente: 18 a 64 años.
- Muerte Accidental: 18 a 69 años.
- Pérdida de Miembros: 18 a 69 años.
- Doble pago Muerte Accidental o Pérdida de Miembros: 18 a 69 años.
Vida Deudor:
Las edades de aceptación son:
- Fallecimiento 18 a 70 años.
- Invalidez Total y Permanente: 18 a 64 años.
Vida Escolar:
Las edades de aceptación son:
- Fallecimiento 18 a 70 años.
- Invalidez Total y Permanente: 18 a 64 años.
Recomendaciones sobre tu Seguro:
Vida Grupo:
Leer las Condiciones Generales para conocer los alcances de la protección contratada (Suma Asegurada, Coberturas Adicionales, Exclusiones, entre otros).
Vida Deudor:
Leer las Condiciones Generales para conocer los alcances de la protección contratada (Coberturas Adicionales, Exclusiones, entre otros).
Vida Escolar:
Leer las Condiciones Generales para conocer los alcances de la protección contratada (Coberturas Adicionales, Exclusiones, entre otros).
¿Cómo lo contrato?
Para las coberturas de fallecimiento, accidentes y pérdidas orgánicas, tener menos de 70 años. En las coberturas de invalidez, el límite es de 64 años. Acércate a un agente, él te brindará las opciones a elegir.
Para mayor información acerca de nuestros productos comunícate a nuestros números de Atención y Servicio a Clientes:
5227 9000 Ciudad de México y Área Metropolitana
01 (55) 5227 9000 en el Interior de la República
Condiciones Generales
- Vida Temporal 1 Año Experiencia Global CNSF-S0043-0998-2010 CONDUSEF-001257-01
- Vida Temporal 1 Año Experiencia Propia CNSF-S0043-0997-2010 CONDUSEF-001256-01
- Vida Escolar Experiencia Global CNSF-S0043-0996-2010 CONDUSEF-001255-01
- Vida Escolar Experiencia Propia CNSF-S0043-0995-2010 CONDUSEF-001254-01
- Vida Deudor Experiencia Global CNSF-S0043-0994-2010 CONDUSEF-001253-01
- Vida Deudor Experiencia Propia CNSF-S0043-0993-2010 CONDUSEF-001252-01
- Endoso Colectivo
Información Adicional
“Para cualquier aclaración o duda no resuelta relacionada con su seguro, le sugerimos ponerse en contacto con la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de Grupo Nacional Provincial, S.A.B. ubicada en Av. Cerro de las Torres #395, Colonia Campestre Churubusco, Delegación Coyoacán, C.P. 04200, comunicarse a los teléfonos 5227 9000 desde la Ciudad de México o al 01 (55) 5227 9000 desde el Interior de la República, o al correo electrónico: unidades@gnp.com.mx; o bien contacte a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) con domicilio en Insurgentes Sur #762, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, comuníquese a los teléfonos 5340 0999 desde la Ciudad de México o al 01 800 999 8080 desde el Interior de la República, al correo electrónico: asesoria@condusef.gob.mx o visite la página www.condusef.gob.mx.”